Piscinas y playas adaptadas a PMR:

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En el medio acuático la presión sobre las articulaciones y músculos es menor, facilitando la realización de ejercicios y con los siguientes beneficios:

  • Mejora la artritis y el dolor articular.
  • Mejora del dolor crónico de espalda y estabilización lumbar.
  • Alivio del dolor de pies, tobillos o rodillas.
  • Curación y fortalecimiento del tejido lesionado.
  • Flexibilidad mejorada.
  • Resistencia cardiovascular mejorada.
  • Mejora la circulación.

En esta página desarrollo:

1- Accesos de las instalaciones de piscinas adaptadas para PMR.

Para realizar ejercicios o disfrutar el ocio en las piscinas tenemos que tener acceso a las mismas y a su entorno.

El Real Decreto Legislativo del 1/2003, 29 de noviembreTexto Refundido de la Ley General de Derecho de las Personas con Discapacidad y de Inclusión Social y el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal establecen la obligación de garantizar la accesibilidad universal en un entorno de seguridad, homologación y autonomía establecidas.

Así, una piscina accesible, debe contar con:

  • Pavimentos antideslizantes en el entorno, con bordes diferenciados en color y textura en los cambios de rasante.
  • Sistemas de encaminamiento podo-táctiles o pavimento tacto-visual de acanaladura en el acceso a las escaleras o al sistema de entrada al agua.
  • Guía en suelo accesibilidad con bandas de orientación o encaminamiento de advertencia en el sentido transversal de la marcha y rosetas con botonaduras para cruces o posibles cambios de dirección.
  • Podo-táctiles con una franja de aproximadamente 50 cm. de ancho con una textura y color contrastados al resto del pavimento y antideslizante.
  • Puertas de entrada y salida diferenciadas en el color.
  • Anchura libre al margen de la piscina con una anchura mínima de 180 cms. libres de obstáculos.
  • Personal especializado en traslado de usuarios con minusvalías.
  • Los lavapies en el perímetro de las piscinas, están prohibidos y en caso de existir algún tipo de rejilla perimetral el ancho no puede ser mayor 6 milímetros.

Los vestuarios tienen que cumplir las siguientes condiciones:

  • Junto a la puerta habrá un espacio libre para realizar un círculo de un mínimo de 1,50 m de diámetro y una altura de 2,20 m.
  • El lavabo con un espacio inferior de 70 x 80 x 50 cm. y una altura máxima de 85 cm.
  • El inodoro tendrá el asiento a una altura entre 45/50 cm, un espacio lateral mínimo de 80 cm de ancho y 120 cm de fondo. Una barra de apoyo fija en el lateral, junto a la pared y otra en el otro lateral, abatibles, a una altura entre 70/75 cm, separadas entre sí 65/70 cm y una longitud mínima de 70 cm.
  • La ducha, a nivel del resto del suelo y un asiento con respaldo de 40/45 cm de profundidad, 40 cm de anchura mínima y una altura entre 45/50 cm, con un espacio lateral de 0,80 m de anchura y 1,20 m. de fondo y barras de apoyo horizontales fijas junto al asiento y una barra vertical en la pared a 60 cm de la esquina o del respaldo del asiento.
  • Los mecanismos de accionamiento de lavabos, duchas y mecanismos de descarga de inodoros serán pulsadores de gran superficie, accionables con el puño, el codo o palancas de fácil manejo, a una altura entre 0,70/1,20 m y el alcance horizontal desde el asiento inferior a 60 cm. El borde inferior del espejo tendrá una altura máxima de 90 cm.
  • Un sistema de llamada de auxilio accionable desde cualquier punto del aseo.
  • Un banco, con respaldo con 40 cm de anchura mínima, 40/45 cm de profundidad y una altura entre 45/50 cm.
  • Existirá un espacio lateral de 0,80 m de anchura y 1,20 m de fondo, con reposabrazos abatibles en el lado contiguo.

2 – Piscina adaptada a PMR:

Ninguna norma específica los requisitos a cumplir por cualquier medio que facilite el acceso a piscinas, pero existe la obligación de instalar un medio de acceso para PMR, distinguiendo:

  • Comunidades de vecinos: Obligatorio a petición de un vecino PMR o mayor de 70 años, asumiendo el coste los propietarios de los inmuebles si el importe anual, descontadas subvenciones, no exceda doce mensualidades de gastos comunes.
  • Hoteles y piscinas municipales: Obligatorio, permitiendo un bien común y un valor a la empresa.

No cumplir esta obligación implica la aplicación de sanciones por la Administración.

Condiciones de accesibilidad que tienen que cumplir estas piscinas:

  • La profundidad de la piscina no puede ser mayor de 1.20 m.
  • En piscinas de más de 50 metros, debería haber más de una entrada accesible al vaso.

Soluciones de accesibilidad para acceder a la piscina:

– Elevador hidráulico: Funcionan por la presión del agua de 3,5/4 bares, sobre un émbolo y necesita una toma de agua próxima. No requiere obras y su precio es asequible. Se desmonta con facilidad al final de la temporada.

– Elevadores eléctricos: Funcionan con baterías, son móviles y sencillos de mover. No requieren obras y se pueden almacenar en muy poco espacio.

– Rampas adaptadas en piscinas con una superficie grande que facilite la entrada a PMR por sus medios o con silla de ruedas. La pendiente tiene que ser menor de 8% con un ancho de 85/95 cm., el pavimento antideslizante, con pasamanos que continúen bajo el nivel del agua y un espacio de metro y medio para maniobrar con la silla de ruedas, e informar de la profundidad de la piscina.

Muro: A nivel de la superficie del agua en el borde de la piscina y una altura de 45 cm. Se aparca en paralelo y se pasa de la silla al muro apoyándose en barras perpendiculares a la piscina. Las gradas de transferencia son plataformas con escalones que introducen en el agua. El usuario pasa de la silla de ruedas a la plataforma y baja los escalones con una profundidad de 40 cm. y una altura no mayor de 22 cm.

3- Accesos a playas para PMR.

Las competencias en la gestión de las playas y los servicios relacionados las tienen los ayuntamientos.

El acceso a la playa debe cumplir:

  • Se debe contar con plazas de aparcamiento reservadas a personas con discapacidad.
  • Para acceder a una playa urbana, debe haber transporte público accesible.
  • Tiene que haber paneles con la ubicación e identificación del entorno urbano más próximo, la dirección de la playa, el recorrido, los servicios e instalaciones que dispone.
  • Cuando la playa sea muy larga, se indicarán los puntos de servicio accesibles para todas las personas.

Respecto al paseo marítimo, las aceras y los accesos a la arena deben cumplir que:

  • El ancho libre de paso sea de 1,20 m, que permita el paso de una silla de ruedas.
  • El espacio libre de giro mínimo será de 1,80 m. de diámetro.
  • La altura libre de paso será de al menos 2,20 m.
  • El pavimento será homogéneo y antideslizante sin resaltes, desniveles o escalones.
  • Los accesos a la playa con desnivel se salvarán por medio de rampas accesibles.
  • La inclinación máxima de la rampa se adaptará a su longitud:
    • Longitud<3m. Inclinación máxima10% 3m.
    • Longitud<6m. Inclinación máxima8% 6m.
    • Longitud<9m. Inclinación máxima6%.
  • En la rampa habrá un rellano intermedio de 1,50mx1,50m.
  • En ambos lados de la rampa habrá pasamanos que se prolonguen 30 cm. en los extremos.
  • Habrá una zona adaptadas de sombra con hamacas para PMR, donde podrá realizarse la transferencia de la silla de ruedas a la silla anfibia.

En relación a los vestuarios, aseos y duchas, tienen que haber al menos una unidad por cada agrupación o por cada diez vestidores y duchas accesibles a PMR de forma autónoma.

  • Dispondrán de un sistema visual y sonoro para saber si la cabina está ocupada o libre.
  • Tendrán un espacio de 1.50 cm., libre de obstáculos delante de la puerta para poder maniobrar con la silla de ruedas abatible hacia el exterior con una anchura mínima de 80 cm.
  • El acceso estará nivelado al suelo de acceso sin resaltes o escalones.
  • Tiene que tener zonas planas dónde se pueda maniobrar con la silla de ruedas.

La playa tiene que contar con socorristas o personal formado en atención a personas con discapacidad que nos acompañen para facilitarnos el baño y el uso del material adaptado.

  • Tienen que tener productos o medios de apoyo como sillas, muletas anfibias, chalecos, aros de flotación, grúas de transferencia a la silla, etc.

Ante la falta de legislación al respecto podemos fijarnos en si la playa tiene bandera azul, que se concede en base a unos parámetros entre el que está la gestión ambiental y seguridad y servicios y dentro del que se encuentra la accesibilidad para personas con movilidad reducida.

Accediendo a este enlace puedes localizar una de las 600 playas accesibles en España esta web.

4- Subvenciones y ayudas para adaptar los accesos a PMR a piscinas.

Se establecen por cada comunidad autónoma.

Para saber cuáles son las que te ofrece tu comunidad autónoma pon en el buscador de internet: “Subvenciones para accesibilidad y rehabilitación…”, seguido del nombre de tu CCAA y “2025”.

A modo de ejemplos adjunto los enlaces de distintas CCAA:

Y para finalizar incluyo otra exposición en «La otra Cultura» de Antonio Varas de la Rosa: Nace en Madrid en 1954. Desarrolla su actividad artística entre asociaciones culturales y academias de barrio como artista y educador, hasta que cursa sus estudios en la Facultad de Bellas Artes de San Fernando de Madrid animado por Pedro Mozos que termina en 1978.

En los primeros años 80 interrumpe su labor artística y en los que se dedica a la educación  en el colegio-cooperativa “Los Peñascales “ y como catedrático de bachillerato en el I.E.S Ramón Olleros de Béjar( 1983).

En 1986 retoma la faceta como artista y comienza su andadura como pintor. Las exposiciones  y premios empiezan a florecer.

Hasta el año 2015   junto con la pintura compagina su labor artística como profesor de plástica y dibujo en el I.E.S. Torres Villarroel de Salamanca. En la actualidad, jubilado se dedica a la tarea artística con distintas muestras y exposiciones. 

2 comentarios

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