AYUDAS VINCULADAS AL GRADO DE MINUSVALÍA/DISCAPACIDAD: Clasificados por organismo otorgante o destino del mismo.

El acceso a estas ayudas depende de la obtención del certificado de discapacidad.

  1. Ayudas para discapacidad inferior al 33%.
    • Deducción de algunos gastos médicos, como rehabilitación, prótesis y ortopedia.
    • Si has adaptado tu vivienda, deducción en el IRPF.
    • Algunas CCAA ofrecen reducciones en el impuesto de vehículos para personas con discapacidad.
    • Derecho de los inmigrantes sin papeles a acceder a la sanidad pública, de forma sencilla y desde el primer día que les haga falta.
    • Derecho a atención sanitaria gratuita a todos los españoles de origen que residen en el extranjero y sus familiares, durante sus estancias temporales en España.
    • Ayudas para gastos energéticos o bono social eléctrico: descuento en el coste de la factura de la luz. Para solicitarlo se exige:
  1. Discapacidad reconocida de al menos al 33%.
  2. Cumplimiento de los límites de renta establecidos.
  3. Titularidad del contrato eléctrico.
  4. Contratación de la tarifa regulada PVPC y potencia inferior a 10 kW.

2. Ayudas para discapacidad superior al 33%. Indico los organismos que las conceden para que en caso de que nos interesen contactemos con ellos.

IMPUESTOS

1 – Desgravación en el IRPF.

  • Reducciones en la base imposible para personas con discapacidad:
    Sin actividad profesional: 3.000,00 €
    Trabajadores en activo. La exención general de 2.000 € se incrementa en: 3.500 € con discapacidad del 33% y el 65%.
    En ambos casos, con discapacidad desde el 65% o quienes no lleguen si necesitan ayuda de 3ª personas o movilidad reducida: 7.750 €.
  • Se amplía en 1.150 € anuales para mayores de 65 años y en 1.400 € para los mayores de 75.
  • Reducción de 3.000 € en la base imponible. 9.000 € con discapacidad mayor del 65%, si se necesita ayuda de tercera persona añadirá 3.000.
  • Deducciones por descendiente, ascendiente o cónyuge a cargo con discapacidad de 1.200 € por familiar. Si hay más de una persona con derecho, se prorratea. Puede solicitarse anticipadamente..
  • Deducciones por cuidado de descendiente con discapacidad a partir del 65%, que convivan con el contribuyente y rentas inferiores a 8.000 €.
  • Aportación máxima a planes de pensiones y sistemas de previsión social a favor de personas con discapacidad.
    • La persona con discapacidad 24.250 €.
    • Parientes tutores o cónyuge 10.000 €.
  • Deducciones por rehabilitación en viviendas máximo 12.080 €.
  • Deducciones por aportación a patrimonios protegidos.
  • Se minorará la cuota diferencial del contribuyente que realiza actividades por cuenta propia o ajena, en 1.200 € .
  • Prestaciones exentas en la declaración:
    • Por incapacidad permanente absoluta, gran invalidez o no contributiva.
    • Recibidas de instituciones públicas para acogimiento de personas con discapacidad y a partir del 65% para estancias en residencias o centros de día.
    • Prara cuidados en el entorno familiar y asistencia personalizada.

2 – Ventajas fiscales de otros impuestos.

  • Algunas Comunidades Autónomas, bonifican el impuesto de sucesiones y donaciones hasta 55.000 €.
  • IVA reducido al 4%: Vehículos adaptados, sillas de ruedas, autotaxis o autoturismos especiales. Vehículos a motor que estén dirigidos a transportar a personas con movilidad reducida. Compra de prótesis, ortesis e implantes internos. Servicio de reparación de vehículos adaptados para personas con movilidad reducida y en silla de ruedas. Servicios de adaptación de vehículos para personas con discapacidad.
  • 10% Gafas y lentes de contacto graduadas. Plataformas elevadoras y ascensores para sillas de ruedas. Herramientas para tratar diálisis y problemas respiratorios. Dispositivos de administración de insulina y otros aparatos para el tratamiento de la diabetes.

Para gestionar estas deducciones, la Agencia Tributaria dispone de los siguientes modelos:

Modelo 121: Comunicación de la cesión del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración.

Modelo 122: Regularización del derecho a la deducción por familia numerosa, personas con discapacidad a cargo o ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial.

Modelo 143: Abono anticipado de la deducción por familia numerosa, ascendiente con dos hijos o personas con discapacidad a cargo.

b – Prestaciones y pensiones autorizadas por la Seguridad Social.

Seguridad Social

  • Por hijo menor de 18 años con discapacidad a partir del 65% a cargo, exige cotizaciones previas.
  • No contributiva. Discapacidad igual o superior al 65%, sin cotización mínima. Entre 18 y 65 años. El importe se fijará en base a la situación y composición familiar.
  • Jubilación anticipada. Discapacidad igual o superior al 45%. O a partir de 52 años, con al menos un 65% de discapacidad, jubilación de un año antes por cada cuatro trabajados. Con al menos 56 años y un 45% de minusvalía se podrá solicitar la pensión por jubilación anticipada.
  • Prestación por incapacidad temporal.
  • Incapacidad permanente. Trabajadores con limitaciones anatómicas o funcionales graves que impiden continuar con su labor profesional.
  • Acceso a una pensión contributiva por invalidez: Cuándo la discapacidad es de un 65% o superior. Si el grado es de 75% o más, se incrementa un 50% la cuantía económica.

Condiciones: Haber residido en la Unión Europea durante 5 años, 2 consecutivos, previos a la fecha de solicitud y tener entre 18 y 65 años y una renta anual inferior 7.905,80 € al año.

c – Ofrecidas por los Ayuntamientos.

Ayuntamiento

Beneficios fiscales:

– Bonificación en impuestos: IBI, tasa de basuras, agua y alcantarillado...

– Reducción y exenciones en tasas por licencias de obras que favorezcan la accesibilidad.

Otros beneficios:

– Tarjeta de aparcamiento PMR. Puedes solicitarla cerca de tu domicilio o lugar de trabajo. *

– Acceso gratuito o reducido a instalaciones deportivas municipales.

d- Ofrecidas por Servicios de Fomento y Gerencias Territoriales de Servicios Sociales.

Servicios Sociales

  • Exención del pago de licencias de caza y pesca. (Servicio territorial del Medio Ambiente).
  • Destino acceso a la vivienda de protección pública, accesibilidad y adaptaciones en el hogar, alquiler y adquisición de viviendas protegidas y para eliminación de barreras. *Ver e – Ayudas a la vivienda.
  • Servicio de intérprete de lengua de signos. (Dep. Territorial de Familia e Igualdad de Oportunidades).
  • Protección jurídica. (Gerencias Territoriales).

Continuamos clasificando los beneficios según el destino de la ayuda:

e – Ayudas a la vivienda. Plan Estatal de Vivienda 2022-2025.

  1. Ayudas al alquiler:

Hasta el 50% de la renta mensual.  Si se cumplen los siguientes requisitos:

Bono al alquiler joven para personas con discapacidad menores de 35 años, que deben cumplir los mismos requisitos que el resto (ingresos inferiores a tres IPREM, 25.200 €), pero las ayudas podrán ser de hasta un 40% del alquiler. En este enlace encontrarás cómo tramitar las ayudas en cada CCAA.

Ayuda al alquiler por vulnerabilidad sobrevenida. Requisitos: los mismos que para las ayudas anteriores, aunque el umbral de renta no podrá ser superior a 6 veces el IPREM con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

3. Ayudas para la compra de viviendas por personas con discapacidad:

Reserva de viviendas adaptadas en VPO:

Ayudas a la adquisición de viviendas fuera del mercado protegido:

4. Otras ayudas a la vivienda:

  • Ayudas de reformas para la adaptación y accesibilidad de la vivienda, en propiedad horizontal o en comunidad, que pueden cubrir hasta el 75% del coste, con un límite de 18.000 € para discapacidad severa. Condiciones para acceder a esta ayuda:
  • Deducciones por rehabilitación en viviendas para accesibilidad. Máximo 12.080 €. Condiciones para acceder a esta ayuda: Grado de minusvalía igual o superior al 33% (psíquica o intelectual) o 65% (física o sensorial) y que la vivienda sea residencia habitual del solicitante, construida antes de 2006. En edificios de viviendas, al menos el 70% de la superficie debe ser de uso residencial.
  • Ayudas relacionadas con exención de impuestos en materia de vivienda como la reducción y exenciones en tasas por licencias de obras que favorezcan la accesibilidad.

f – Ayudas laborales.

El Ministerio de Transformación Digital y la Secretaría de Estado de Función Pública han publicado la Consulta Previa al Proyecto de Real Decreto que regula el empleo público y provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad que trata de:

  • Garantizar certidumbre.
  • Derribar barreras físicas, tecnológicas y procedimentales, accesibilidad a las personas con discapacidad.
  • Actualizar el cupo de las plazas para personas con discapacidad.
  • Promover ajustes y accesibilidad, garantizando que los puestos estén adaptados y la compatibilidad entre funciones asignadas y capacidades.
  • Fomentar la igualdad de oportunidades en la carrera profesional, para las personas con discapacidad.
  • Clarificar conceptos en el ámbito del acceso al empleo público, en aras de una mayor seguridad jurídica.
  • Consolidar una Administración inclusiva y representativa a través del respeto a la diversidad, la igualdad de oportunidades y el diseño universal.

Ayudas laborales

Empresas privadas:

– Reserva un 2% de puestos para personas con discapacidad. Empresas con más de 50 trabajadores.

– Ayudas para la contratación y adaptación del puesto y reducción en las cotizaciones de las personas con discapacidad.

– Acceso a medidas de fomento del empleo para personas con discapacidad.

Empleo público:

– Reserva un 2% de puestos para personas con discapacidad. Empresas con más de 50 trabajadores.

– Adaptación de pruebas selectivas.

– Reserva de plazas para empleo de un mínimo del 10% para personas con discapacidad igual o superior al 33% y exención de cuotas de inscripción a procesos selectivos.

Para los trabajadores:

– Ayudas al autoempleo.

– Ampliación del periodo de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo o menor acogido.

– Acceso a los Centros Especiales de Empleo: Con una discapacidad de al menos el 65% o con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual de al menos el 33%.

g- Ayudas para personas en situación de dependencia.

Dependencia

*Se explica en las páginas dedicadas a la dependencia.

h- Otras ayudas.

  • Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica: Garantiza el acceso a servicios médicos y cubre los gastos de medicamentos para el tratamiento de la discapacidad, prótesis o sillas de ruedas y determinada por el grado de discapacidad, la renta y el estado de su unidad familiar.
  • En el ámbito de la educación, con minusvalía a partir del 33%, ayudas para la obtención de libros de texto, transporte o pago del comedor, becas de educación especial y reservas en plazas de acceso a la Universidad.
  • Subsidio de Movilidad (SMGT): Para 2026; 85,80 € mensuales.
  • Descuentos en entradas a museos, teatros y otros eventos culturales que varian según cada CCAA.
  • El Instituto de Mayores Servicios Sociales, ofrece el Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte (SMGT) para personas con discapacidad y movilidad reducida que necesitan apoyo económico para desplazamientos, por un importe de 1.002 € anuales.
    • La concesión está sujeta a:
      • 1. No superar el 70%, anual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
      • 2. Tener nacionalidad española o de algún país miembro de la Unión Europea. Grado de discapacidad igual o superior al 33%. Graves dificultades para utilizar el transporte colectivo. Ser mayor de 3 años de edad. No ser beneficiario de prestaciones análogas por otro Organismo Público. Personas atendidas en centros en régimen de media pensión o de internado, que se desplacen fuera del centro como mínimo 10 fines de semana al año.
    • Documentación necesaria:
      • Fotocopia del DNI o del NIE.
      • Acreditación de los miembros de la unidad de convivencia, padrón colectivo o certificado de convivencia.
      • Si se reside en un centro, certificado del director. Si tiene representante su DNI y documento de representación.
  • Tarjeta dorada de Renfe. (RENFE).

Los billetes admiten cambios y anulaciones siempre que se permita y puede estar sujeto a gastos.

Se puede adquirir en las taquillas de las estaciones o agencias de viajes.

Es nominativa e intransferible.

El descuento no es acumulable, excepto de Familia Numerosa y otros que así lo indiquen.

Descuentos en trenes:

AVE, AVE Internacional España-Francia, Larga Distancia 25%

Media Distancia: 40%.

Avant: Lunes a viernes: 25%. Sábados y domingos 40%.

  • Además, existen otras ayudas menos institucionales:
    • Acceso preferente a habitación individual en hospitales para PMR.
    • Sitios reservados en espectáculos para PMR..
    • Servicio de apoyo en aviones y trenes para PMR.
    • Viajes adaptados organizados por distintas instituciones, etc.

i. Ayudas para los cuidadores.

Cuidadores

– Se extiende la consideración de cuidador con derecho a recibir un pago, al «entorno relacional»; parejas ajenas al registro legal, amigos, vecinos o allegados.

– Derecho del cuidador a jornada reducida de una hora sin reducción de ingresos.

– Reducción de jornada laboral para la persona trabajadora que tenga el cuidado de una persona con discapacidad, que no realice una actividad retribuida, con derecho a decidir horario y duración del permiso. El salario, se reduce en proporción, pero las cotizaciones de los tres primeros años se computarán al 100% de lo que hubiera cotizado a jornada completa.

– El trabajador puede pedir la excedencia si tiene a su cuidado a un familiar con discapacidad que no pueda valerse por sí mismo y no trabaje, por un tiempo máximo de 2 años, salvo que por negociación colectiva se amplíe.

– Las mujeres beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación de incapacidad permanente o de viudedad, tendrán derecho a un complemento por cada hijo o hija, debido a la brecha de género.

i. Ayudas a la familia.

– Pago único por nacimiento de hijo con 33% de discapacidad.

– Ayuda económica cuándo nace o se adopta un hijo con progenitores con discapacidad de al menos al 65% que no superen los ingresos que marca la ley.

Añado el enlace dela OFICINA DE ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD (OADIS), encargada de promover la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. •Correo electrónico: oadis@oadis.es Fax: 912090359.

Y aconsejo llevar siempre encima la tarjeta o copia del documento dónde nos reconocen la discapacidad y preguntar en cualquier sitio que vayamos si se aplican descuentos u otro tipo de ventajas.


Añado otros beneficios y algunos enlaces para ampliar la información por CCAA:

Ayudas autonómicas: ¿Dónde solicitarlas?

Contacte a los Servicios Sociales de su Comunidad Autónoma o Ayuntamiento de residencia, en persona o a través de los contactos en cada una de las páginas oficiales:

3. Ayudas económicas compatibles con las pensiones de incapacidad permanente: