AYUDAS VINCULADAS AL GRADO DE DEPENDENCIA: En función del porcentaje de discapacidad.

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Este es el índice de contenidos: Indice-Blog.

*Desarrollo en otra página el mismo contenido ordenado por organismo que los concede.

La finalidad es conocer las ayudas destinadas a reducir las desigualdades para personas con discapacidad.

En primer lugar dependen del reconocimiento de la discapacidad a través del del certificado de discapacidad.

Encontramos tres grupos de ayudas según el porcentaje de discapacidad que nos reconozcan;

*Resumo las ayudas por dependencia en la página de Dependencia y las ayudas por la situación de incapacidad.

  1. Discapacidad reconocida menor al 33%. Puedes acceder a estas ayudas:
    • Deducción de gastos médicos, como gastos de rehabilitación, prótesis y ortopedia.
    • Si la vivienda ha sido adaptada, se puede aplicar una deducción en el IRPF.
    • Algunas CCAA ofrecen reducciones en el impuesto de vehículos para personas con discapacidad.
    • Copago ortoprotésico de prótesis externas para los colectivos más vulnerables, pensionistas cuyos ingresos anuales no superen los 5.635 € de base liquidable, las familias de los menores con discapacidad del 33% o superior; beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital o Rentas de integración autonómicas, perceptores de la prestación no contributiva por hijo o menor a su cargo, los parados sin subsidio ni prestación, los perceptores de pensiones no contributivas y algunos perfiles muy concretos de enfermos.
    • Los inmigrantes sin papeles pueden accedar libremente a la sanidad pública, de forma sencilla y desde el primer día.
    • Se reconoce el derecho a la atención sanitaria gratuita a todos los españoles de origen y sus familias que residen en el extranjero durante sus estancias temporales en España.
    • Ayudas para gastos energéticosbono social eléctrico: descuento en el coste de la factura de la luz. Para solicitarlo se exige:
  1. Discapacidad reconocida de al menos al 33%.
  2. Cumplimiento de los límites de renta establecidos.
  3. Titularidad del contrato eléctrico.
  4. Contratación de la tarifa regulada PVPC y potencia inferior a 10 kW.

2. Discapacidad reconocida entre el 33% y el 64%.

a – Ayudas fiscales en IRPF:

Reducciones en la base imposible para personas con discapacidad:

Sin actividad profesional: 3.000,00 €

Trabajadores en activo. La exención general de 2.000 € se incrementa en: 3.500 € con discapacidad del 33% y el 65%.

En ambos casos, con discapacidad desde 65% o quienes no lleguen, si necesitan ayuda de 3ª personas o con movilidad reducida: 7.750 €.

– Deducciones por descendiente, ascendiente o cónyuge a cargo con discapacidad de 1.200 por familiar. Si hay más de una persona con derecho, se prorratea. Puede solicitarse anticipadamente.

Aportaciones máximas a planes de pensiones y sistemas de previsión social a favor de personas con discapacidad:

  • Por persona con discapacidad: 24.250 €.
  • Por parientes, tutores o cónyuge: 10.000 €.

– Deducciones por aportaciones a patrimonios protegidos.

– Impuestos negativos si realizas actividades por cuenta propia o ajena, en la cuota diferencial 1.200

– Ciertas CCAA, bonifican los impuestos sobre sucesiones y donaciones con hasta 55.000 €.

IVA reducido: 4% para ayudas médicas y adquisición de productos sanitarios. IVA reducido del 10% para gafas graduadas y lentes de contacto.

En transporte y automóviles exenciones o deducciones en:

  • Reducción o exención del impuesto de matriculación.
  • Reducción del IVA: 4% en la compra o reparación de vehículos para PMR si no han transcurridos 4 años desde la última.
  • Ayudas a la adquisición/adaptación de vehículos PMR.

Modelos para gestionar estas deducciones:

Modelo 121: cesión del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración.

Modelo 122: regularización del derecho a la deducción por familia numerosa, personas con discapacidad a cargo o ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial.

Modelo 143: solicitar el abono anticipado de la deducción por familia numerosa, ascendiente con dos hijos o personas con discapacidad a cargo.

b – Otros ayudas fiscales.

– Bonificación: IBI, tasa de basuras, agua y alcantarillado.

– Reducción/exenciones en tasas por licencias de obras que favorezcan la accesibilidad.

– Exención del pago de licencias de caza y pesca.

c – Otras ayudas a la vivienda.

Ayudas al alquiler.

Hasta el 50% de la renta mensual.  Con los siguientes requisitos:

  • El precio de la vivienda de alquiler inferior a 9,5 euros el m2.
  • Tener un patrimonio inferior a 200.000 euros.
  • El umbral de ingresos debe ser inferior a 4 veces el IPREM 30.119 € o con elevado grado de discapacidad, es de 37.648 € anuales.
  • La vivienda debe ser la residencia habitual de la persona solicitante.

Bono al alquiler joven para personas con discapacidad menores de 35 años, con ingresos inferiores a tres IPREM, 25.200 €. Las ayudas podrán ser de hasta un 40% del alquiler. En este enlace encontrarás cómo tramitar las ayudas en cada CCAA.

Ayuda al alquiler por vulnerabilidad sobrevenida. El umbral de renta no podrá ser superior a 6 veces el IPREM .

–  Ayudas para nueva construcción, rehabilitada o cedida para usar por un plazo de 40 años.

a. Tienen que que disponer de instalaciones y servicios comunes adaptados.

b. Ayudas para las empresas u ONG’s que las promuevan de hasta 400 por m. cuadrado con límite del 40% de la inversión.

c. Requisitos que deben cumplir las personas que quieran acceder son:

  • Ser mayores de 65 años.
  • Ingresos inferiores a 5 veces el IPREM (42.000 euros),
  • No disponer de vivienda en propiedad.
  • Tener un patrimonio inferior a 200.000 €.
  • El precio del alquiler no superior a 9,5 € por m. cuadrado al mes.

Ayudas para la compra de viviendas por personas con discapacidad:

a. Reserva de viviendas adaptadas en VPO:

  • Tienen que estar adaptadas un 4%.
  • El tamaño de estos inmuebles pueden tener hasta 108 m.
  • Tener un mínimo del  33% de discapacidad.
  • El beneficiario no tienen que tener una vivienda en propiedad.
  • La vivienda tiene que ser residencia habitual.
  • El beneficiario tiene que estar empadronada en la localidad.
  • Tienen un IVA del 4% en lugar del 10% general.

b. Ayudas a la adquisición de viviendas fuera del mercado protegido:

  • Deducción del 5% del valor de la vivienda en IRPF.
  • Siempre y cuando sea la vivienda habitual.
  • Grado de discapacidad psíquica igual o superior al 33%, un grado de física o sensorial igual o superior al 65%.
  • No tener ahorrados más de 30.000 euros (47.000 si son conjuntos).

Deducciones por rehabilitación en viviendas para accesibilidad. Máximo 12.080 €. Condiciones para acceder a esta ayuda:

  • Grado de minusvalía igual o superior al 33% (psíquica o intelectual) o 65% (física o sensorial).
  • Que la vivienda sea residencia habitual del solicitante, construida antes de 2006. En edificios de viviendas, al menos el 70% de la superficie debe ser de uso residencial.

d – Ayudas laborales.

El Ministerio de Transformación Digital y la Secretaría de Estado de Función Pública regula el empleo público y provisión de puestos para personas con discapacidad para:

  • Garantizar certidumbre.
  • Derribar barreras físicas, tecnológicas, procedimentales, accesibilidad y adaptación a las personas con discapacidad.
  • Actualizar el cupo de las plazas para personas con discapacidad.
  • Promover la accesibilidad, garantizando que los puestos estén adaptados compatibilidad entre funciones asignadas y capacidades.
  • Fomentar la igualdad de oportunidades en la carrera profesional, para las personas con discapacidad.
  • Clarificar conceptos pendientes en el ámbito del acceso al empleo público, en aras de una mayor seguridad jurídica.
  • Consolidar una Administración a través del respeto a la diversidad, la igualdad de oportunidades y el diseño universal.

Empresas privadas:

Reserva un 2% de puestos para personas con discapacidad. Empresas con más de 50 trabajadores.

– Ayudas a empresas privadas para la contratación y adaptación del puesto y reducción en las cotizaciones de las personas con discapacidad.

– Acceso a medidas de fomento del empleo para personas con discapacidad.

Empleo público:

Reserva un 2% de puestos para personas con discapacidad. Empresas con más de 50 trabajadores.

– Adaptación de pruebas selectivas.

– Reserva de plazas para empleo público, mínimo del 10%, con discapacidad de al menos 33% y reducción o exención de cuotas de inscripción.

Para los trabajadores:

– Ayudas al autoempleo.

Ampliación del periodo de descanso por maternidad en supuestos de discapacidad del hijo.

– Acceso a los Centros Especiales de Empleo: Discapacidad de al menos el 65% o con parálisis cerebral, enfermedad mental o de al menos 33%.

e- Otras ayudas:

  • Asistencia Sanitaria: Servicios médicos y gastos de medicamentos. Por grado de discapacidad, renta y unidad familiar.
  • En la educación, con minusvalía de al menos el 33%, ayudas para obtención de los libros, transporte, pago del comedor, becas de educación especial y reserva en plazas de la Universidad.
  • Subsidio de Movilidad (SMGT): Para 2026; 85,80 € mensuales.
  • Tarjeta de aparcamiento para PMR o una plaza cerca del domicilio o lugar de trabajo.
  • Descuentos en museos, teatros, conciertos y eventos culturales.
  • El Instituto de Mayores Servicios Sociales: Subsidio de Movilidad 1.200 €.
  • Tarjeta dorada de Renfe. (RENFE).
    • Coste contratación y dos renovaciones 6 € c.u. tercera 3 €.
    • Cambios y anulaciones sujetos a gastos.
    • Es nominativa e intransferible.
    • Se adquieren en taquillas o agencias de viajes.
    • Descuentos:
      • AVE, Internacional España-Francia y Larga Distancia descuento 25%.
      • Media Distancia, descuento 40%.
      • Avant, el descuento será: De lunes a viernes: 25% y sábados y domingos: 40%.
      • No acumulable, excepto por Familia Numerosa y los que lo indiquen en sus condiciones.
  • Servicio de intérprete de lengua de signos. (Dep. Territorial de Familia e Igualdad de Oportunidades).
  • Protección jurídica. (Gerencias Territoriales).
  • Tele-asistencia.
  • Ayuda a domicilio para favorecer la permanencia, evitando el ingreso en un recurso residencial . Centro de día y de noche y apoyos de centros de día o “respiro familiar”,

Existen otras ayudas menos institucionales:

  • Acceso preferente a habitación individual en hospitales para PMR.
  • Sitios reservados en espectáculos para PMR.
  • Servicio de apoyo en aviones y trenes para PMR.
  • Viajes adaptados organizados por distintas instituciones, etc.

f- Ayudas a los cuidadores:

– Se extenderá la consideración de cuidador familiar con derecho a recibir un pago por este servicio al «entorno relacional», como pueden ser parejas ajenas al registro legal, amigos, vecinos o allegados.

– Derecho del cuidador a jornada reducida de una hora sin reducción de ingresos.

Reducción de jornada laboral para la persona trabajadora al cuidado de una persona con discapacidad sin actividad retribuida, con derecho a decidir horario y duración del permiso. El salario, se reduce en proporción, pero las cotizaciones de los tres primeros años se computarán al 100% de lo cotizado a jornada completa.

– El trabajador puede pedir la excedencia cuando tenga a su cuidado un familiar con discapacidad que no se valga por si mismo y no trabaje, por un máximo de 2 años, salvo que por negociación colectiva se amplíe.

– Las mujeres beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación de incapacidad permanente o de viudedad, tendrán derecho a un complemento por cada hijo o hija, debido a la brecha de género.

Se accede a una mayor información a través del siguiente enlace:

Recuperación de la financiación de las cuotas del convenio especial de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia a cargo de la administración General del Estado – Instituto de Mayores y Servicios Sociales (imserso.es)

g- Ayudas a la familia:

– Pago único por nacimiento de hijo con un 33% de discapacidad. (Consejería de Familia).


Finalmente llegamos al tercer caso de discapacidad.

3- Discapacidad reconocida del 65% o más.

a- Ayudas fiscales en IRPF.

b- Prestaciones y pensiones autorizadas por la Seguridad Social.

c – Ayudas para la vivienda.

d – Ayudas a la familia.

a-Ayudas fiscales en IRPF:

– Reducción de 9.000 euros en la base imponible.

– Con ayuda de terceras personas se añadirán 3.000 € al mínimo.

Prestaciones exentas de incluir en tu declaración:

a. Por incapacidad absoluta, gran invalidez o no contributiva.

b. De instituciones públicas para estancia en residencias/centros de día.

c- Para cuidados en el entorno familiar y asistencia personalizada.

b-Prestaciones/pensiones. Seguridad Social.

  • No contributiva: Discapacidad mínima 65%. Sin un mínimo de cotización. De 18 a 65 años. Se fijará en base a la situación y composición familiar. Cuantía en 2025: 7.905,80 €, con incremento del 50% para discapacidad de al menos 75% que requieran asistencia de tercera persona.
  • Jubilación anticipada. Discapacidad a partir del 45%. y 52 años, un año antes por cada cuatro trabajados. Con al menos 56 años podrás solicitar la pensión por jubilación anticipada.
  • Prestación por incapacidad temporal.
  • Acceso a una pensión contributiva por invalidez: Discapacidad de un 65% o superior. Si el grado es de 75% o más, se incrementa un 50% la cuantía económica. Condiciones: Haber residido en algún estado de la Unión Europea durante 5 años, 2 de los cuales consecutivos y tener una edad de entre 18 y 65 años.
  • Por hijo a cargo con discapacidad menor de 18 años, a trabajadores que hayan cotizado.

* En esta página desarrollo el tema de las pensiones de incapacidad.

c- Ayudas para la vivienda:

  • Reformas para adaptación/accesibilidad. Hasta el 75% del coste, con un límite de 14.000 €.
  • Condiciones para acceder: Grado de minusvalía igual o superior al 33% (discapacidad psíquica o intelectual) o 65% (discapacidad física o sensorial), que la vivienda sea la residencia habitual y construida antes de 2006. En el caso de edificios de viviendas, al menos el 70% de la superficie debe ser de uso residencial.

d- Ayudas a la familia:

– Asignación económica por hijo o menor con discapacidad acogido a cargo, o mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior a 65%.

– Ayuda económica a la unidad familiar cuándo nace o adopta un hijo en los casos progenitores con discapacidad igual o superior al 65% no superen los ingresos que la ley marca cada año.

Además, a modo de resumen, estos son los beneficios y algunos enlaces para ampliar la información por CCAA:

Ayudas autonómicas: ¿Dónde solicitarlas?

Contacte a los Servicios Sociales de su Comunidad Autónoma o Ayuntamiento de residencia, en persona o a través de los contactos en cada una de las páginas oficiales:

4 – Ayudas económicas compatibles con las pensiones de incapacidad permanente:

5 respuestas a «AYUDAS VINCULADAS AL GRADO DE DEPENDENCIA: En función del porcentaje de discapacidad.»

  1. Avatar de Rosa
    Rosa

    ¡Este blog me parece estupendo! Es muy interesante y significativo, ya que ofrece mucha información útil, especialmente cuando no sabes por dónde empezar a buscar. Quiero aportar mi granito de arena, así que comparto con vosotros un enlace con ayudas y subvenciones de la Comunidad de Madrid para la movilidad de personas con discapacidad. ¡Espero que os sea de ayuda!
    https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudas-autonomia-personas-discapacidad

    1. Avatar de admin7340

      Gracias por aportar el enlace. Aprovecharé para buscar otros de otras CCAA. Esto facilitará a todos conoce estos beneficios.

    2. Avatar de admin7340

      He incluido en la página direcciones por CCAA y las fotografías de los trabajos inspirados en Andy Warhol. Gracias.

  2. […] *Incluyo otro artículo dedicado a los beneficios fiscales, sociales, etc. asociados a la discapacid… […]

  3. […] os cuento qué ayudas tenemos para la situación de discapacidad por organismo que lo concede o en otra página en función del grado de discapacidad. Con la incapacidad tienes las mismas y alguna añadida. Ambas páginas son […]

5 comentarios

  1. ¡Este blog me parece estupendo! Es muy interesante y significativo, ya que ofrece mucha información útil, especialmente cuando no sabes por dónde empezar a buscar. Quiero aportar mi granito de arena, así que comparto con vosotros un enlace con ayudas y subvenciones de la Comunidad de Madrid para la movilidad de personas con discapacidad. ¡Espero que os sea de ayuda!
    https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudas-autonomia-personas-discapacidad

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