En este artículo voy a hablar de la valoración de la discapacidad, quién y cómo se realiza, los grados y porcentajes previstos y la situación de movilidad reducida.
Previamente hay que familiarizarse con estos conceptos:
1- Grados de discapacidad.
2- Porcentajes.
3- Y movilidad reducida.
1- Grados de discapacidad: Medida porcentual de las limitaciones en las Actividades de la Vida Diaria (AVD) por condición de salud. Establece el acceso a beneficios y tiene cinco grados:
- GRADO 1: Nula. No impiden realizar actividades de la vida diaria.
- GRADO 2: Leve. (1% al 24%). Se tiene cierta dificultad para realizar alguna tarea diaria, pero no impide poder realizarla.
- GRADO 3: Moderada. (25% al 49%). No se puede realizar alguna de las tareas diarias, pero sí la cura personal.
- GRADO 4: Grave. (50% al 70%) No se pueden realizar actividades de la vida cotidiana ni algunas de autocuidado.
- GRADO 5 Muy grave. (Más de un 75%). Muchas dificultades para realizar actividades de la vida diaria y de autocuidado.
Actividades de la Vida Diaria (AVD). Comunes a todos los ciudadanos. Se divide en estas categorías:
- Actividades de autocuidado; vestirse, comer, aseo e higiene personal, entre otras.
- Comunicación.
- Actividad física: Intrínseca (levantarse o reclinarse) o funcional (Llevar, elevar o empujar).
- Función sensorial, por ejemplo, oír o ver.
- Funciones manuales, como agarrar, sujetar o apretar.
- Capacidad de utilización de los medios de transporte.
- Función sexual.
- Sueño.
- Actividades sociales y de ocio.
Así que» «a formar» y a afrontar las actividades de nuestra vida diaria:
2- Porcentaje de discapacidad: Clasifica la diversidad funcional en 5 clases y coinciden con un grado de discapacidad:
- Clase 0, Discapacidad nula (0-4%), no hay disminución de la capacidad para realizar las actividades de la vida diaria.
- Clase 1, discapacidad leve (5%-24%) para realizar actividades de la vida diaria, aunque se puede ser independiente.
- Clase 2, discapacidad moderada (25%-49) e imposibilidad para realizar alguna tarea, manteniendo el autocuidado.
- Clase 3, discapacidad grave (50-95) para la realización de actividades diarias incluidas las de autocuidado.
- Clase 4, discapacidad total (96-100%) para hacer casi ninguna de las actividades diarias.
Así pues, hay una relación directa entre grado, clase y porcentaje de discapacidad.
3- Baremo de movilidad reducida. Evaluado por un tribunal dependiente del Instituto Nacional de Salud. Es distinto al grado de minusvalía y estudia la capacidad motora. Puedes no tener, o ser; leve, grave o muy grave. Cuando el baremo es igual o superior a la puntuación de 7, se consigue el grado de discapacidad.
QUIEN Y CON QUE BAREMOS SE REALIZA EL PROCESO DE EVALUACIÓN PARA EMITIR EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD:
El área de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad de la comunidad autónoma, emite el dictamen, basándose en nuevos baremos de valoración, con criterios médicos, psicosociales y ambientales.
La nueva ley plantea la discapacidad a partir de una interacción de estos 4 baremos:
- Evaluación de la deficiencia global: Limitación para realizar actividades de la vida diaria.
- Evaluación de limitaciones en la actividad: Capacidad para realizar actividades habituales con dispositivos de ayuda, apoyo de otras personas y medidas terapéuticas.
- Evaluación de las restricciones en la participación: Problemas al realizar actividades en situaciones vitales, comparadas con alguien sin discapacidad.
- Graduación y clases de restricción en la participación: Las mismas clases que en el baremo de Limitaciones en la Actividad, del último mes.
A cada bloque se le asigna un porcentaje, excepto el último que tiene un valor máximo de 24 puntos, dando más importancia a las barreras a las que tiene que enfrentarse la persona con discapacidad.
Y se incluyen dos aspectos nuevos:
*Tramitación de urgencia: si concurren razones de interés público.
*Menores con discapacidad: ejercerán sus derechos en igualdad de condiciones que los adultos.
Analizados estos baremos, se llega al Proceso de evaluación y se emitirá la resolución en el plazo máximo de seis meses, que reconocerá la condición y que contendrá los siguientes puntos:
- El grado de discapacidad concedido.
- Las puntuaciones obtenidas en los distintos baremos.
- Los códigos de diagnóstico, deficiencia, limitaciones, restricciones, etc. Si hay necesidad de ayuda de otra persona.
- La existencia de dificultades de movilidad para utilizar el transporte público.
Y tendremos el Certificado de Discapacidad que, en función del porcentaje reconocido, nos permitirá acceder a determinadas ayudas.
Finalmente tenemos dos aspectos que completan esta información:
- Revisión del grado de discapacidad: La resolución establece un plazo para confirmar o modificar el grado de discapacidad. También se puede solicitar la revisión transcurridos 2 años desde que se dictó, excepto que se acredite un error de diagnóstico. La disconformidad o desacuerdo con el grado asignado o con el porcentaje, se debe realizar en un plazo de 30 días a partir de la notificación de la resolución.
- Beneficios del reconocimiento del grado de discapacidad:
*Incluyo otro artículo dedicado a los beneficios fiscales, sociales, etc. asociados a la discapacidad.
OTRA CULTURA:
Y para relajar de tanta definición y tantos conceptos, os invito a conocer la relación de pinturas realizadas por uno de los pintores de mayor prestigio en España, Augusto Ferrer-Dalmau Nieto (Barcelona, 1964), que en este caso vamos a descubrir, visitando la exposición de «Soldados de España» a través del siguiente enlace en la que refiere distintas batallas en la historia de nuestros ejércitos.
augusto ferrer-dalmau nieto «soldados de españa» – Búsqueda Imágenes
Incluyo fotografías de dominio público relativas a este tema.