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El acceso a estas ayudas depende de la obtención del certificado de discapacidad.
Desarrollamos:

BENEFICIOS Y DERECHOS
- Ayudas para discapacidad inferior al 33%.
- Deducción de algunos gastos médicos, como rehabilitación, prótesis y ortopedia.
- Si has adaptado tu vivienda, deducción en el IRPF.
- Algunas CCAA ofrecen reducciones en el impuesto de vehículos para personas con discapacidad.
- Ayudas para discapacidad superior al 33%. Indico los organismos que las conceden para que en caso de que nos interesen contactemos con ellos.

a. Ofrecidas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, AEAT.
* Ventajas fiscales de otros impuestos.
b. Prestaciones y pensiones autorizadas por Seguridad Social.
c. Ofrecidas por los Ayuntamientos.
d. Ofrecidas por Servicios de Fomento y Gerencias Territoriales de Servicios Sociales.
a. Ofrecidas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, AEAT.
* Ventajas fiscales de otros impuestos.
b. Prestaciones y pensiones autorizadas por Seguridad Social.
g. Ayudas para personas en situación de dependencia.
h. Otras ayudas.
a – Ofrecidas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. AEAT.

IMPUESTOS
1 – Desgravación en el IRPF.
- Trabajadores en activo con discapacidad. La exención de 2.000 € se incrementa en:
- 3.500 € con discapacidad del 33% inferior al 65%.
- 7.750 € con discapacidad del 65% o más.
- 7.750 € menor al 65% que acrediten necesitar ayuda de personas o movilidad reducida.
- Reducción de 3.000 € en la base imponible. 9.000 € con discapacidad mayor del 65%, si se necesita ayuda de tercera persona añadirá 3.000.
- Deducciones por descendiente, ascendiente o cónyuge a cargo con discapacidad: 1.200 € por familiar. Se pueden solicitar de forma anticipada, con un pago mensual de 100 euros.
- Deducciones por cuidado de descendiente con discapacidad a partir del 65%, que convivan con el contribuyente y rentas inferiores a 8.000 €.
- Aportación máxima a planes de pensiones y sistemas de previsión social a favor de personas con discapacidad.
- La persona con discapacidad 24.250 €.
- Parientes tutores o cónyuge 10.000 €.
- Deducciones por rehabilitación en viviendas máximo 12.080 €.
- Deducciones por aportación a patrimonios protegidos.
- Impuestos negativos a favor de contribuyente que realiza actividades por cuenta propia o ajena, minora la cuota diferencial en 1.200.
- Prestaciones exentas de incluir en la declaración:
- Por incapacidad permanente absoluta, gran invalidez o no contributiva.
- Recibidas de instituciones públicas para el acogimiento de personas con discapacidad y a partir del 65% para estancias en residencias o centros de día.
- Prestaciones para cuidados en el entorno familiar y asistencia personalizada.
2 – Ventajas fiscales de otros impuestos.
- Algunas Comunidades Autónomas, bonifican el impuesto de sucesiones y donaciones hasta 55.000 €.
- IVA reducido al 4% para ayudas médicas y adquisición de productos sanitarios: Prótesis, órtesis e implantes y 10% para gafas graduadas y lentes de contacto.
- En transporte y automóviles: Exenciones/deducciones:
- a. Impuesto de Circulación. * Abro una página que desarrolla cómo solicitar esta exención.
- b. El impuesto de matriculación.
- c. Reducción del IVA al 4% en la compra de vehículos para PMR si no han transcurrido 4 años desde la última compra o reparación.
- d. Ayudas a la adquisición y adaptación de vehículos para PMR.


Seguridad Social
- Por hijo menor de 18 años con discapacidad a partir del 65% a cargo, a los trabajadores que hayan cotizado previamente.
- No contributiva. Con discapacidad igual o superior al 65% sin necesidad de un mínimo de cotización. Personas de entre 18 y 65 años. El importe se fijará en base a la situación y composición familiar.
- Jubilación anticipada. Con una discapacidad igual o superior al 45%. O a partir de 52 años, con al menos un 65% de discapacidad, jubilación de un año antes por cada cuatro trabajados. O con al menos 56 años y un 45% de minusvalía se podrá solicitar la pensión por jubilación anticipada.
- Prestación por incapacidad temporal.
- Incapacidad permanente. Trabajadores con limitaciones anatómicas o funcionales graves que les impiden continuar con su labor profesional.
- Acceso a una pensión contributiva por invalidez: Cuándo la discapacidad es de un 65% o superior. Si el grado es de 75% o más, se incrementa un 50% la cuantía económica.
Condiciones: Haber residido en la Unión Europea durante 5 años, 2 consecutivos, previos a la fecha de solicitud y tener una edad de entre 18 y 65 años y una renta anual inferior 7.905,80 € al año.
*Aquí tienes una página relativa a la incapacidad y la pensión.
c – Ofrecidas por los Ayuntamientos.

Ayuntamiento
Beneficios fiscales:
– Bonificación en impuestos: IBI, tasa de basuras, agua y alcantarillado...
– Reducción y exenciones en tasas por licencias de obras que favorezcan la accesibilidad.
Otros beneficios:
– Tarjeta de aparcamiento PMR. Puedes solicitarla cerca de tu domicilio o lugar de trabajo.
– Acceso gratuito o reducido a instalaciones deportivas municipales.
*Página para ver cómo solicitar la tarjeta de aparcamiento.
*Desarrollo una página sobre cómo solicitar la exención en el impuesto de circulación.
d- Ofrecidas por Servicios de Fomento y Gerencias Territoriales de Servicios Sociales.

Servicios Sociales
- Exención del pago de licencias de caza y pesca. (Servicio territorial del Medio Ambiente).
- Destino acceso a la vivienda de protección pública, accesibilidad y adaptaciones en el hogar, alquiler y adquisición de viviendas protegidas y para eliminación de barreras. *Ver e – Ayudas a la vivienda.
- Servicio de intérprete de lengua de signos. (Dep. Territorial de Familia e Igualdad de Oportunidades).
- Protección jurídica. (Gerencias Territoriales).
Continuamos clasificando los beneficios según el destino de la ayuda:
e – Ayudas a la vivienda.

Ayudas a la vivienda
- Deducciones en la compra y alquiler, en especial de vivienda pública, subvencionado los intereses de préstamo o la entrega de la paga y señal.
- Ayudas al alquiler hasta el 50% de la renta mensual. Si se cumplen los siguientes requisitos:

a. El precio de la vivienda de alquiler debe ser inferior a 9,5 euros el m2.
b. Tener un patrimonio inferior a 200.000 euros.
c. El umbral de ingresos debe ser inferior a 4 veces el IPREM.
d. La vivienda debe ser la residencia habitual de la persona solicitante.
- Ayudas de alquiler social o cesión de uso durante un mínimo de 40 años.
- Viviendas de protección oficial, reserva un porcentaje, generalmente 3%.
- Ayudas de reformas para la adaptación y accesibilidad de la vivienda que pueden llegar a cubrir hasta el 75% del coste, con un límite de 14.000 €. Condiciones para acceder a esta ayuda:
- 1- Grado de minusvalía igual o superior al 33% (psíquica o intelectual) o 65% (física o sensorial).
- 2- Residencia habitual del solicitante, construida antes de 2006.
- Ayudas relacionadas con exención de impuestos en materia de vivienda como la reducción y exenciones en tasas por licencias de obras que favorezcan la accesibilidad.
Además del Plan Estatal de Vivienda, muchas comunidades autónomas ofrecen programas complementarios.
f – Ayudas laborales.
El Ministerio de Transformación Digital y la Secretaría de Estado de Función Pública han publicado la Consulta Previa al Proyecto de Real Decreto que regula el empleo público y provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad que trata de:
- Garantizar certidumbre.
- Derribar barreras físicas, tecnológicas y procedimentales, accesibilidad y adaptación a las personas con discapacidad.
- Actualizar el cupo de las plazas para personas con discapacidad.
- Promover ajustes y accesibilidad, garantizando que los puestos estén adaptados y la compatibilidad entre funciones asignadas y capacidades.
- Fomentar la igualdad de oportunidades en la carrera profesional, para las personas con discapacidad.
- Clarificar conceptos en el ámbito del acceso al empleo público, en aras de una mayor seguridad jurídica.
- Consolidar una Administración inclusiva y representativa a través del respeto a la diversidad, la igualdad de oportunidades y el diseño universal.

Ayudas laborales
Empresas privadas:
– Reserva un 2% de puestos de trabajo para personas con discapacidad. Empresas con más de 50 trabajadores.
– Ayudas para la contratación y adaptación del puesto y reducción en las cotizaciones de las personas con discapacidad.
– Acceso a medidas de fomento del empleo para personas con discapacidad.
Empleo público:
– Adaptación de pruebas selectivas en el acceso al empleo público.
– Reserva de plazas para empleo público de un mínimo del 10% para personas con discapacidad igual o superior al 33% y reducción/exención de cuotas de inscripción a procesos selectivos públicos.
– Ayudas al autoempleo.
– Ampliación del periodo de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo o menor acogido.
– Acceso a los Centros Especiales de Empleo: Con una discapacidad de al menos el 65% o con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual de al menos el 33%.
g- Ayudas para personas en situación de dependencia.

Dependencia
*Se explica en las páginas dedicadas a la dependencia.
h- Otras ayudas.
- Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica: Garantiza el acceso a servicios médicos y cubre los gastos de medicamentos para el tratamiento de la discapacidad, prótesis o sillas de ruedas y estará determinada por el grado de discapacidad, la renta y el estado de su unidad familiar.
- En el ámbito de la educación, con una minusvalía a partir del 33% ayudas para la obtención de libros de texto, transporte o pago del comedor, becas de educación especial y reservas en plazas de acceso a la Universidad.
- Bonotaxi.
- Descuentos en las entradas a museos, teatros, conciertos y otros eventos culturales que varian según cada CCAA.
- El Instituto de Mayores Servicios Sociales, ofrece el Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte (SMGT) para personas con discapacidad y movilidad reducida que necesitan apoyo económico para desplazamientos, por un importe de 1.002 € anuales.
- La concesión está sujeta a:
- 1. No superar el 70%, anual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
- 2. Tener nacionalidad española o de algún país miembro de la Unión Europea. Un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Tener graves dificultades para utilizar el transporte colectivo. Ser mayor de 3 años de edad. No ser beneficiario de prestaciones análogas por otro Organismo Público. Personas atendidas en centros en régimen de media pensión o de internado, que se desplacen fuera del centro como mínimo 10 fines de semana al año.
- Documentación necesaria:
- Fotocopia del DNI o del NIE.
- Acreditación de los miembros de la unidad de convivencia, padrón colectivo o certificado de convivencia.
- Si se reside en un centro, certificado del director. Si tiene representante su DNI y documento de representación.
- La concesión está sujeta a:
- Tarjeta dorada de Renfe. (RENFE).
Los billetes admiten cambios y anulaciones siempre que te permita y puede estar sujeto a gastos.
Se puede adquirir en las taquillas de las estaciones o agencias de viajes.
Es nominativa e intransferible.
El descuento no es acumulable, excepto de Familia Numerosa y otros que así lo indiquen.

Descuentos en trenes:
AVE, AVE Internacional España-Francia, Larga Distancia 25%
Media Distancia: 40%.
Avant: Lunes a viernes: 25%. Sábados y domingos 40%.
- Además, existen otras ayudas menos institucionales:
- Acceso preferente a habitación individual en hospitales para PMR.
- Sitios reservados en espectáculos para PMR..
- Servicio de apoyo en aviones y trenes para PMR.
- Viajes adaptados organizados por distintas instituciones, etc.
i. Ayudas para los cuidadores.

Cuidadores
– Se extenderá la consideración de cuidador con derecho a recibir un pago, al «entorno relacional»; parejas ajenas al registro legal, amigos, vecinos o allegados.
– Derecho del cuidador a jornada reducida de una hora sin reducción de ingresos.
– Reducción de jornada laboral para la persona trabajadora que tenga el cuidado de una persona con discapacidad que no realice una actividad retribuida, con derecho a decidir horario y duración del permiso. El salario, se reduce en proporción, pero las cotizaciones de los tres primeros años se computarán al 100% de lo que hubiera cotizado a jornada completa.
– El trabajador puede pedir la excedencia si tiene a su cuidado a un familiar con discapacidad que no pueda valerse por sí mismo y no trabaje, por un tiempo máximo de 2 años, salvo que por negociación colectiva se amplíe.
– Las mujeres beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación de incapacidad permanente o de viudedad, tendrán derecho a un complemento por cada hijo o hija, debido a la brecha de género.
i. Ayudas a la familia.
– Pago único por nacimiento de hijo con 33% de discapacidad.
– Ayuda económica cuándo nace o se adopta un hijo con progenitores con discapacidad de al menos al 65% que no superen los ingresos que marca la ley.

Añado el enlace de la OFICINA DE ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD (OADIS), encargada de promover la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. • Correo electrónico: oadis@oadis.es Fax: 912090359
Y aconsejo llevar siempre encima la tarjeta o copia del documento dónde nos reconocen la discapacidad y preguntar en cualquier sitio que vayamos si se aplican descuentos u otro tipo de ventajas.
Añado otros beneficios y algunos enlaces para ampliar la información por CCAA:

Islas Baleares:
- Discapacidad física o sensorial: 88 € si la discapacidad está entre el 33% y el 65%.
- Discapacidad física o sensorial (grado igual o superior al 65%): 165 €.
- Discapacidad psíquica (grado igual o superior al 33%): 165 €.
Aragón:
- Por cuidado de personas dependientes que convivan con el contribuyente al menos durante la mitad del período impositivo deducir 150 euros.
- Por nacimiento o adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33% deducción de 200 euros.
Principado de Asturias:
- Por adquisición/adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad una deducción por los gastos realizados en la adecuación de la vivienda habitual.
- Asistencia a personas con discapacidad a cargo, deducción de 100 €.
- Para contribuyentes con discapacidad igual o superior al 33% deducción 150 €.
- Cónyuge con discapacidad igual o superior al 65%, si no presentan declaración de la renta y cumplen con los requisitos de bases imponibles deducción de 100 €.
Canarias:
- Contribuyentes con discapacidad: 360 € con grado de discapacidad a partir del 33%
- Por familiares dependientes con discapacidad: 600 € por ascendiente o descendiente con discapacidad igual o superior al 65%.
- Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad: El 14 por 100 de las cantidades satisfechas.
Cantabria:
- Por arrendamiento de vivienda habitual por personas con discapacidad: tributación individual de 300 € o conjunta: 600 € anuales.
- Por cuidado de familiares: 100 € por ascendiente, descendiente, cónyuge o hermano con grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Por descendiente menor de 3 años o ascendiente con discapacidad (igual o superior al 65%): 100 € por cada uno, más 100 € adicionales por discapacidad.
- Por discapacidad del contribuyente con discapacidad de al menos 65%, 300 €.
- Por arrendamiento de vivienda habitual: 15% con límite de 450 euros.
- Por discapacidad de al menos 65% de ascendientes o descendientes: 300 €, si se aplican los mínimos por discapacidad.
- Por acogimiento no remunerado: 600 € por cada persona con discapacidad igual o superior al 33%, que viva con el contribuyente durante más de 183 días.
- Para contribuyentes con discapacidad de al menos 33%, 300 €. 656 € con un grado de discapacidad igual o superior al 65%; 300 € para menores de 65 años con una discapacidad igual o superior al 65%.
- Por inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación para personas con discapacidad: 15% de las inversiones realizadas en la vivienda habitual del contribuyente, siempre que la vivienda esté en Castilla y León .
Comunitat Valenciana:
- Por contribuyente con discapacidad mayor de 65: 197 €.
- Por adquisición de vivienda habitual: 5% de lo satisfecho, con discapacidad sensorial o física al menos del 65% o psíquica a partir del 33%.
- Por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad física o sensorial de al menos 65%: 246 € o psíquica igual o superior al 33% o 303 € si el hijo tiene un hermano con discapacidad similar.
- Por ascendiente mayor de 65 años con discapacidad: 197 €.
Por cuidado de familiares con discapacidad: 150 € con carácter general y 220 € si el familiar tiene derecho reconocido a una ayuda a la dependencia, pero aún no la percibe.
Galicia:
Por contribuyentes con discapacidad, de al menos 65% con gran dependencia o severa, mayores de 65 años, que precisen ayuda de terceras personas: el 10% de las cantidades satisfechas por el contribuyente a terceros, con límite máximo de 600 €.
La Rioja:
Por obras de adecuación de vivienda habitual ara personas con discapacidad: 15% de las cantidades satisfechas en obras de adecuación de la vivienda habitual.
Región de Murcia:
- Para contribuyentes con discapacidad de al menos 33€: 120 € por contribuyente.
- Por acogimiento no remunerado de personas con discapacidad: 600 € por cada persona, que conviva con el contribuyente más de 183 días al año en régimen de acogimiento sin contraprestación.
- Por cuidado de personas con discapacidad: 25% de las cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar, con límite de 463,95 € anuales o el 40% de las cotizaciones si el contribuyente es titular de una familia numerosa, con límite de 618,60 € anuales.
- Por acogimiento no remunerado de personas con discapacidad: 1.546,50 € por persona acogida.
- Por alquiler de vivienda habitual: con discapacidad igual o superior al 65%: 10% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 300 € anuales.
- Para familias numerosas o monoparentales: 10% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler, con límite máximo de 600 € anuales.
*Si no encuentras aquí, utiliza los buscadores de internet para localizar los que te ofrece tu CCAA.
2 respuestas a «AYUDAS VINCULADAS AL GRADO DE MINUSVALÍA/DISCAPACIDAD: Clasificados por organismo otorgante o destino del mismo.»
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[…] otra página os cuento qué ayudas tenemos para la situación de discapacidad por organismo que lo concede o en otra página en función del grado de discapacidad. Con la incapacidad tienes […]


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