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DISCAPACIDAD, DEFINICIÓN Y PROCEDIMIENTO:
¿Sabes que es la discapacidad y cómo gestionarla?
- Discapacidad, conoce que es.
- Definiciones: Discapacidad, Incapacidad y Dependencia.
- Discapacidad.
- Grados y tipos de discapacidad.
- Tramitación del proceso de discapacidad.
- Presentación.
- Cita.
- Resolución.
- ¿Y si se produce un cambio en la discapacidad?
Comencemos:
– DEFINICIONES: Discapacidad, Incapacidad y Dependencia:

Discapacidad: Reconocimiento de una deficiencia física, psíquica o sensorial. Se mide en porcentajes. Se otorga por el órgano competente de cada Comunidad Autónoma. *Lo vemos en este artículo.
Incapacidad: Concesión de una prestación económica por no poder trabajar debito a una lesión o enfermedad. Se mide en grados. La concede el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Dependencia: Situación en la que se necesita la ayuda de otra persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
– DISCAPACIDAD:
Diagnosticada tu enfermedad, el paso siguiente es solicitar el reconocimiento del grado de discapacidad a través de un dictamen emitido por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento.
*Parámetros a considerar para conceder el reconocimiento del grado de discapacidad.
*En otra página desarrollaré las ventajas a las que accederemos por grado de discapacidad o por organismo que lo concede o destino.
– GRADOS Y TIPOS DE DISCAPACIDAD:

Grado 1: Nula.
Grado 2: Leve. Puedes efectuar las tareas de la vida diaria con ciertas dificultades.
Grado 3: Moderada. Tienes serios problemas para realizar labores cotidianas y puedes ocuparte de tu cuidado personal.
Grado 4: Grave. Tienes muchos problemas para cumplir con tus tareas diarias, incluso de autocuidado.
Grado 5: Muy grave. No puedes realizar ninguna labor cotidiana por ti mismo.
– TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE DISCAPACIDAD:
Explico el procedimiento en Castilla y León. Puede servir para otras localizaciones ya que son muy parecidos.
Debes dirigirse a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de tu CCAA o ciudad.
Tardan entre 6 y 12 meses en darte una respuesta, que consta de tres pasos:
- Presentación.
- Cita.
- Resolución.
- ¿Y si se produce un cambio en la discapacidad?

Así que…paciencia.
io
- Presentación de la solicitud en modelo establecido, informes médicos y modelo de declaración de salud.
Para presentarlo en Castilla y León, entrar en:
https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Tramite/1211891517654/Tramite, dónde encontraremos distintas pantallas:
- La primera parte de la pantalla nos indica dónde presentar la documentación:
Yo lo hice presencial, en la oficina de registro de la JCYL que me corresponde. Hay que pedir hora, llevar el formulario y documentación para que las escaneen y te dan un justificante de presentación.
En esta pantalla informan de las direcciones y teléfonos de consulta.
Pide cita directamente o busca el centro que te corresponde en el teléfono 900 550 010.
Se puede buscar también, con TIC en la página, «LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN/ presencial…»

- Más abajo encontramos la siguiente pantalla con la documentación que necesitamos aportar:
Aconsejo adjuntar todos los informes médicos.


Además explican cómo hacer estas gestiones por tramitación electrónica, para quien lo prefiera.

- Bajando la pantalla, encontramos los modelos a descargar y rellenar:


Los formularios más habituales son:
A- Solicitud de reconocimiento. Lo explico más adelante.
B – Informe de salud SACYL. Lo rellena el médico de atención primaria o enfermera. Tienen un modelo o podemos utilizar el que se incluye en la documentación al final de esta misma página.
Pero también encontramos otros formularios que podemos necesitar:
- Representación voluntaria.
- Incorporación de datos.
- Reclamación previa a la vía jurisdiccional social.
- Informe de salud SACYL. Ya lo hemos comentado.
- Informe de salud otros profesionales de salud.
*Estos serán necesarios en su caso, pero no en la solicitud inicial y se rellenan igual que el indicado.
Además, se puede pedir una tarjeta que reconozca la discapacidad, más práctica que llevar el documento completo de la resolución. La mandan por correo si así se solicita.
*Incluyo un artículo explicando cómo solicitar la tarjeta de discapacidad.
*Incluiré un artículo sobre el procedimiento de solicitud de la tarjea de discapacidad.
A- Solicitud de reconocimiento:
*Aconsejo recopilar previamente los datos que piden para evitar que el sistema se bloquee al rellenarlos.

Datos del representante si se necesita. Si no se necesita hay que Clic en “Sin representación”. En caso afirmativo hay que indicar si está en el registro electrónico de apoderamiento. Si no, rellenar el resto de los campos y Clic en “Siguiente”.

- La siguiente pantalla indica la forma que preferimos para notificaciones:

- La siguiente pantalla nos pide datos sobre nuestra discapacidad. También sirve para solicitar revisiones.
EL apartado 2. «Datos de la situación de dependencia«: Indicar que grado nos han reconocido: El I el II o el III.

En la siguiente pantalla hay que indicar el “objeto de la solicitud”. Si es una valoración inicial o una revisión.

Las siguientes pantallas piden la “Declaración de datos del solicitante” y los “datos económicos”:



La siguiente se refiere a la “Protección de Datos” y un teléfono al que llamar ante cualquier duda. 983 327 850.

En la última pantalla queda sólo firmar:

Nos ofrece las opciones de: GUARDAR, PREVIO, SIGUIENTE O REVISAR. Dando Clic en cualquiera de estos datos faltantes, te lleva a la pantalla correspondiente para que lo completemos.
Le damos a REVISAR y nos sale el documento completo para que comprobemos si es correcto.
Para modificar algún dato dar a EDITAR.
En caso de que los datos estén bien tenemos que dar a PDF, guardarlo en el ordenador y presentarlo telemática o presencialmente en uno de los registros, según lo indicado previamente.
* Retomamos el segundo paso en la solicitud de la discapacidad:
2. Cita con el médico y asistente social para hacer la revisión.
Tarda unos 6 meses en ser concertada. Si hay nuevos informes se pueden presentar al realizar la visita o previamente a través del registro.
Esta visita se hace en la Unidad de Valoración y Atención a Personas con Discapacidad. Después, se tiene una reunión con el asistente social que pregunta sobre ingresos, vivienda, accesibilidad, o cualquier otro tema que pueda agravar la situación.
*Es importante dar toda la información ya que, en base a esta única visita, se va a determinar el % que te corresponde y esto tendrá mucha incidencia en nuestra situación.
Se indicará el grado de movilidad reducida y si puedes solicitar la tarjeta de aparcamiento PMR en la resolución.
*En otro documento incluiré COMO SOLICITAR LA TARJETA DE APARCAMIENTO.
3. Resolución: Que determina el reconocimiento de grado y la puntuación obtenida en los baremos para determinar la necesidad del concurso de otra persona o dificultades de movilidad, si procede. Tendrá efecto desde la fecha de solicitud, debiendo figurar la fecha en la que puede tener lugar su revisión.
*En otro artículo explico los grados de discapacidad y el proceso para determinarlo.
*Si no se está de acuerdo con la resolución, se puede reclamar al IMSERSO y si, aún así, no estamos conformes, vía judicial.
4. ¿Y si se produce un cambio en la discapacidad reconocida durante el año fiscal?
Se pueden dar tres casos:
1- Cambio en el grado de discapacidad sin implicaciones en beneficios fiscales. Por ej. pasar de un 33% a un 40% de discapacidad.
2- Modificación en el grado de discapacidad con acceso a mayores beneficios fiscales. Por ej. pasar de un33% al 65% de discapacidad. Los beneficios fiscales se aplican de manera proporcional al grado de discapacidad reconocido en cada momento. Si no fuese posible, se aplicarán teniendo en cuenta el nuevo porcentaje de discapacidad
3- También puede ocurrir que se produzca un descenso en el porcentaje de discapacidad con bajada de beneficios fiscales. Se aplicará la misma norma: los beneficios fiscales se aplican de manera proporcional al grado de discapacidad reconocido en cada momento.
Si quieres ampliar información debes dirigirte a la WEB oficial del Servicio de Información sobre Discapacidad del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), dependiente del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
Una respuesta a «DISCAPACIDAD. DEFINICIÓN Y PROCEDIMIENTO:»
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[…] *En esta página puedes consultar los detalles del reconocimiento de la discapacidad. […]


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